De acuerdo a la Ley N° 8289 denominada “Reforma de la ley orgánica del Ministerio de Salud, Nº 5412, para el otorgamiento de personalidad jurídica instrumental al Instituto sobre Alcoholismo Farmacodependencia”, le corresponde al Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, la aprobación de los programas públicos y privados relacionados con sus fines.
Dentro el Marco Legal de la Ley N° 8289 el IAFA según artículo 22: “tendrá a su cargo la dirección técnica, el estudio, la prevención, el tratamiento y rehabilitación de la adicción al alcohol, el tabaco y otras drogas lícitas o ilícitas y será el responsable de coordinar y aprobar todos los programas tanto públicos como privados, relacionados con sus fines; deberá gestionar la suspensión o el cierre de tales programas, si incumplen los lineamientos estipulados al efecto”.
Estas competencias del IAFA se realizan a través de la Unidad de Aprobación de Programas, indicándose como imperativo legal, el realizar lo correspondiente a la regulación, observancia y fiscalización de las Organizaciones e instituciones que ofrecen atención a la población con problemas asociados al consumo de sustancias psicoactivas.
En IAFA actualizamos y mantenemos un Directorio de Programas de Organizaciones no Gubernamentales, que constituye una guía sobre los diferentes servicios que prestan las ONG, en reducción de daños, prevención y tratamiento del consumo de alcohol y otras drogas. Se presenta como fuente de consulta para favorecer a las personas o instituciones interesadas en la coordinación o referencia y que puedan tener información acerca de algunas características de los centros autorizados técnicamente en el país por el ente rector.
Es fundamental que la ciudadanía acuda únicamente a aquellos programas que cuentan con la aprobación del IAFA, con el fin de recibir servicios que continuamente son regulados.